Los Juzgados de Distrito podrán dictar medidas cautelares en concursos mercantiles durante la

El pasado 27 de abril de 2020, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, emitió el Acuerdo General 8/2020, relativo al Esquema de Trabajo y Medidas de Contingencia en los Órganos Jurisdiccionales por el Fenómeno de Salud Pública derivado del Virus Covid-19.

En el referido acuerdo se señala que uno de los elementos fundamentales para garantizar el acceso a la justicia consiste en la atención ininterrumpida e incondicional a los denominados “casos urgentes”.

El Consejo de la Judicatura Federal estimó que la situación excepcional y sin precedentes ocasionada por la pandemia del virus Covid-19 requiere de una mayor precisión y amplitud sobre lo que debe considerarse como “caso urgente”, de modo que los órganos jurisdiccionales que se encuentran en guardia atiendan de manera oportuna esos asuntos.

Así, el Consejo de la Judicatura Federal, determinó incluir en este listado de “casos urgentes”, la tramitación de solicitudes, demandas, incidentes y recursos nuevos, es decir no radicados previamente, de medidas cautelares en concursos mercantiles.

La medida implementada por el Poder Judicial de la Federación atiende a la situación económica actual, en la cual diversas empresas están enfrentando problemas financieros, así como incumpliendo sus obligaciones de pagos e incluso cayendo en un estado de insolvencia. Consecuentemente, permitir el otorgamiento de medidas cautelares dentro de procedimientos concursales, como lo es la suspensión de pago de adeudos, permitirá darles un respiro a aquellas empresas que, con motivo de la contingencia, se vean imposibilitadas a erogar gastos que les impidan mantener su operación ordinaria

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